Morelia, Michoacán.-Las mujeres de Michoacán que deseen interrumpir el embarazo hasta las 12 semanas de gestación, podrán hacerlo de manera legal y sin ser criminalizadas, así fue establecido en el Dictamen que elaboraron los integrantes de la Comisión de Justicia del Congreso que se someterá a votación en el pleno del Poder Legislativo.
Finalmente, el Dictamen sobre la despenalización del aborto en el estado fue elaborado y este jueves en sesión ordinaria del Congreso pasará a discusión y votación de los 40 diputados locales. Los integrantes de la Comisión de Justicia que estuvieron de acuerdo con el dictamen, está presidida por la diputada de Morena, Anabet Franco Carrizales y sus integrantes, Marco Polo Aguirre Chávez; Giuliana Bugarini Torres; David Martínez y Vicente Gómez de la 76 Legislatura.
Recordar que en la 75 Legislatura, se quedaron en la “congeladora” hasta ocho iniciativas sobre despenalización del aborto que presentaron diferentes diputados tanto de Morena, PRD y colectivas feministas de Michoacán que no pudieron ser aprobadas ante la oposición de legisladores del PAN, PRI, Morena y del PT.
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La Comisión de Justicia de la 76 legislatura recientemente, integró en el dictamen otras iniciativas que ya habían sido presentadas en el Congreso sobre despenalizar el aborto, es decir de diputados como Fanny Arreola, Ernesto Núñez, Gabriela Cazárez, Juan Carlos Barragán, Adriana Hernández y colectivas feministas, pero tendrá que ser sometido a votación en donde se prevé que haya una resistencia de los grupos conservadores de Michoacán.
Los diputados locales de la Comisión de Justicia, establecieron en el documento que coincidieron en la necesidad de “avanzar a la brevedad” y realizar la armonización básica exigida por los parámetros judiciales nacionales e internacionales, es decir, la despenalización del aborto hasta las 12 semanas de gestación.
Michoacán se podría convertir este jueves en la entidad número 15 a nivel nacional que despenalizó el aborto, solo si así se aprueba en el pleno. Los estados que ya legalizaron la interrupción del embarazo son: Ciudad de México, Coahuila, Baja California, Baja California Sur, Colima, Hidalgo, Oaxaca, Veracruz, Quintana Roo, Guerrero, Aguascalientes, Sinaloa, Puebla y Jalisco.
Pese a que en toda la pasada Legislatura pasada no se tomó en consideración la resolución de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sobre el Amparo en Revisión 267/2023 relativo a la constitucionalidad del sistema jurídico que regula el delito de aborto en el Código Penal Federal, ante lo cual, los diputados mencionaron que se tiene que tomar en cuenta ahora sí para Michoacán.
Manifestaron que el concepto de aborto en la ley penal, debe partir del estándar máximo de protección de los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas, considerando las definiciones científicas, ante lo cual, concluyeron que el precepto legal debe reformarse para que la legislación penal estatal despenalice la interrupción del embarazo hasta la décima segunda semana de gestación, evitando así la criminalización de las mujeres y personas gestantes.
En el Decreto del Dictamen que será discutido y en su caso aprobado por la 76 Legislatura, señala el adicionar un segundo párrafo al artículo 118 al Código Penal de Michoacán, es decir que ya no se perseguirá ni juzgará como homicidio en razón de parentesco o relación, cuando el sujeto pasivo sea el producto en gestación en cualquier momento del embarazo.
Asimismo, se propone reformar el artículo 141 del Código Penal para que, en el concepto de aborto se indique que el aborto es la interrupción del embarazo posterior a las 12 semanas de gestación.
En el artículo 143, se propuso una pena de diez a 20 años de prisión para quien interrumpa el embarazo de una mujer, adolescente, niña o persona gestante, sin su consentimiento, sin importar la etapa gestacional.
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La propuesta de Dictamen, menciona también que no será punible la interrupción del embarazo, sin limitante de la etapa gestacional, cuando sea producto de violación; se realice por razones médicas o que sea producto de un procedimiento de fecundación asistida sin consentimiento de la mujer, adolescente, niña o persona gestante.