/ jueves 17 de octubre de 2024

Proponen pena de 9 años de cárcel por usar cañones antigranizo en Michoacán

En lo que va del año la Secretaría de Medio Ambiente ha registrado 10 denuncias por dicha práctica

La persona que instale y opere sistemas antigranizo en zonas agrícolas, forestales o rurales en Michoacán, se le impondrá una pena de cárcel de nueve años de prisión, así lo propuso mediante una iniciativa de ley el diputado del distrito de Pátzcuaro, Antonio Mendoza Torres.

El legislador del grupo parlamentario de Morena presentó este jueves en la sesión pública del Congreso, la iniciativa para reformar el artículo 302 del Código Penal de Michoacán, para que sean castigadas con prisión las personas que recurren a los cañones sónicos para evitar granizadas que dañan los cultivos.

En la iniciativa, el diputado morenista reconoció que si bien hay medidas que actualmente ya existen en el marco legal que regula la materia, éstas son insuficientes en Michoacán, porque únicamente se quedan en una medida o sanción administrativa.

Se piensa que si el beneficio económico es muy alto, qué más da pagar una multa pequeña en proporción a la ganancia y seguir dañando el medio ambiente

A mediados de septiembre, el secretario de Medio Ambiente, Alejandro Méndez López, confirmó que en lo que va del año, la dependencia ha recibido alrededor de diez denuncias por el uso de cañones antigranizo en varias zonas de la entidad.

Antonio Mendoza Torres / Foto: Fernando Maldonado | El Sol de Morelia

En la exposición de motivos, Mendoza Torres agregó que, de acuerdo con la Organización Meteorológica Mundial, todos los métodos usados para modificar el tiempo, como los cañones antigranizo o la inyección de cloruro de plata con avioneta directamente en la nube, no están científicamente comprobados, aunque éstos artefactos que dañan el medio ambiente siguen utilizándose.

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Al señalar que estos cañones no son factibles ni viables para suprimir el granizo, es que el diputado propuso la iniciativa que pretende reformar el artículo 302 del Código Penal de Michoacán, a fin de que se indique una pena de seis meses a nueve años de prisión para quienes instalen y operen los sistemas antigranizo.

Incluso se propone que la pena de prisión deberá aumentarse hasta en tres años más y la pena económica hasta en mil días de multa, si los cañones se operan en alguna área de conservación del Sistema Estatal de Áreas para la Conservación del Patrimonio Natural.

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La iniciativa pasó a comisiones para ser analizada y, si es su caso, se elabore la iniciativa que sancione con prisión el uso de los cañones.

La persona que instale y opere sistemas antigranizo en zonas agrícolas, forestales o rurales en Michoacán, se le impondrá una pena de cárcel de nueve años de prisión, así lo propuso mediante una iniciativa de ley el diputado del distrito de Pátzcuaro, Antonio Mendoza Torres.

El legislador del grupo parlamentario de Morena presentó este jueves en la sesión pública del Congreso, la iniciativa para reformar el artículo 302 del Código Penal de Michoacán, para que sean castigadas con prisión las personas que recurren a los cañones sónicos para evitar granizadas que dañan los cultivos.

En la iniciativa, el diputado morenista reconoció que si bien hay medidas que actualmente ya existen en el marco legal que regula la materia, éstas son insuficientes en Michoacán, porque únicamente se quedan en una medida o sanción administrativa.

Se piensa que si el beneficio económico es muy alto, qué más da pagar una multa pequeña en proporción a la ganancia y seguir dañando el medio ambiente

A mediados de septiembre, el secretario de Medio Ambiente, Alejandro Méndez López, confirmó que en lo que va del año, la dependencia ha recibido alrededor de diez denuncias por el uso de cañones antigranizo en varias zonas de la entidad.

Antonio Mendoza Torres / Foto: Fernando Maldonado | El Sol de Morelia

En la exposición de motivos, Mendoza Torres agregó que, de acuerdo con la Organización Meteorológica Mundial, todos los métodos usados para modificar el tiempo, como los cañones antigranizo o la inyección de cloruro de plata con avioneta directamente en la nube, no están científicamente comprobados, aunque éstos artefactos que dañan el medio ambiente siguen utilizándose.

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Al señalar que estos cañones no son factibles ni viables para suprimir el granizo, es que el diputado propuso la iniciativa que pretende reformar el artículo 302 del Código Penal de Michoacán, a fin de que se indique una pena de seis meses a nueve años de prisión para quienes instalen y operen los sistemas antigranizo.

Incluso se propone que la pena de prisión deberá aumentarse hasta en tres años más y la pena económica hasta en mil días de multa, si los cañones se operan en alguna área de conservación del Sistema Estatal de Áreas para la Conservación del Patrimonio Natural.

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