Morelia, Michoacán.-Desde el primer minuto de este jueves y hasta el próximo domingo 2 de junio, ha dado inicio el periodo de veda electoral, también conocido como el tiempo de reflexión al voto. Durante estos días, se invita a los ciudadanos a analizar detenidamente las propuestas de los candidatos y a tomar decisiones informadas de cara a las próximas elecciones.
La veda electoral es un periodo crucial en el proceso democrático, donde se busca garantizar la equidad y la transparencia en los comicios. Durante este tiempo, se prohíben las actividades proselitistas y la difusión de propaganda electoral, permitiendo así que los ciudadanos puedan reflexionar de manera tranquila y sin influencias externas.
¿A cuánto ascienden las multas por infringir la veda electoral?
Por infringir la veda electoral, conforme al artículo 19 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, aquellos que transgredan este periodo estarán sujetos a sanciones que van desde multas de cincuenta a cien días hasta penas de prisión de seis meses a tres años.
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Según lo dispuesto en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE), en caso de violación a la veda electoral, el Tribunal Electoral tiene la facultad de aplicar sanciones que incluyen desde amonestaciones públicas hasta la reducción de hasta el cincuenta por ciento de las asignaciones del financiamiento público destinado a los partidos políticos durante el periodo establecido por la resolución correspondiente.
Asimismo, los candidatos que violen esta veda electoral podrían enfrentar suspensiones e incluso la cancelación de su registro para el cargo al que aspiran.