Empleadas domésticas y trabajadoras sexuales en el desamparo laboral

A pesar de desempeñar duras labores, las mujeres que realizan estas actividades enfrentan falta de garantías jurídicas y de regulación

Francisco Valenzuela | El Sol de Morelia

  · lunes 6 de marzo de 2023

Adid Jiménez | El Sol de Morelia

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- En México y Michoacán, mujeres que ofrecen servicios para el hogar y trabajadoras sexuales han laborado históricamente sin garantías jurídicas que las pongan a la par de otras actividades. Aunque en ambos casos existen recientes iniciativas para revertirlo, aún queda un tramo por recorrer.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Empleo del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en el país 2.3 millones de personas trabajan como empleadas domésticas, 88 por ciento de las cuales son mujeres. De toda esa cantidad, menos de 54 mil están afiliadas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), lo que significa apenas un 2 por ciento.

A pesar de ser un trabajo que implica conocimientos, horarios y responsabilidades, históricamente se le ha desdeñado, pues según datos del propio instituto, en 25 años la afiliación no pasaba de cuatro mil personas, pues era voluntaria. Eso cambió en diciembre de 2018, cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció como inconstitucional la no obligatoriedad, ya que era una forma de discriminación no solo laboral, sino contra la mujer.

Adid Jiménez | El Sol de Morelia

A partir de entonces, la Corte le planteó al Instituto la implementación de “un programa piloto que tenga como fin último, diseñar y ejecutar un régimen especial de seguridad social para las trabajadoras del hogar”, de acuerdo con la sentencia emitida. Un año después fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto para reformar varias disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, específicamente en los artículos 12 y 13 de la Ley del Seguro Social.

Con todo y ello, en pleno 2023 los avances para formalizar esta labor son magros: si a nivel nacional la cifra es de 2 por ciento, en Michoacán cae al 0.5 por ciento, pues menos de 700 gozan de este beneficio en un universo de 17 mil trabajadoras.

Según las reglas del programa piloto, que ya lleva tres años en operación, los empleadores de manera individual están obligados a registrar a sus trabajadoras desde el inicio de la labor, pudiendo afiliarse por días o mes completo. Al corte de noviembre del año pasado, el salario reportado al IMSS es de 232 pesos diarios, mientras que la proporción de los ya ingresados es de 67 por ciento mujeres y el resto hombres. Esos dos puntos son vistos como desfavorables por la misma Corte en el portal del Centro de Estudios Constitucionales: por un lado, destacan que las trabajadoras domésticas reciben 60 pesos por cada 100 de los que se gana en otros trabajos, mientras que ocho de cada 10 personas empleadas son mujeres, pero a la hora de afiliar, la cifra cae a 6.7.

Adid Jiménez | El Sol de Morelia

Para tratar de revertir esa desigualdad, el IMSS ha extendido el beneficio del aseguramiento por mes completo cuando la suma de los pagos de cada patrón supere el salario mínimo. De esta forma, la cuota patronal mensual es de mil 314 pesos si el empleo es de tiempo completo, de mil 265 si la o el trabajador asisten cuatro días de la semana y de 645 si la asistencia es de ocho días al mes.

Las personas ya afiliadas tienen derecho a gozar de atención médica sin limitaciones, incapacidades, riesgos de trabajo, guarderías, pensión y cobertura para su familia, mientras que próximamente se les darán créditos para vivienda en el Infonavit.

Consultado sobre el tema, el abogado experto en asuntos laborales Jorge Cardona subraya que pese a que sea ley, las posibilidades efectivas de que haya afiliaciones masivas son mínimas. Para que eso suceda, explica, primero se debe emitir un documento que acredite la relación patronal, pero en los hechos no sucede así, pues la mayoría de empleadores ni siquiera brinda esa información y prefiere conllevar la relación de manera informal, con lo que se pierden no solo las prestaciones contempladas, sino incluso los riesgos de trabajo.

La diputada local Gloria Tapia / Foto: Javier Guerrero | El Sol de Morelia

Queda entonces “a la buena voluntad patronal”, dice Cardona, pues el Estado no cuenta con mecanismos ni personal suficiente para verificar casa por casa si la ley se cumple o no. En el marco legislativo, la única diputada local que se ha pronunciado en el tema es Gloria Tapia, quien en entrevista afirma que el 50 por ciento de las trabajadoras domésticas viven pobreza o pobreza extrema, dedicadas a esa actividad “debido a que no poseen otra cosa más allá de su fuerza de trabajo”.

Al apuntar que también hay un gran número de menores de edad en las tareas del hogar, añade que la Ley Federal de Trabajo no regula ni tipifica el empleo doméstico no remunerado, es decir, “amas de casa o hijas cuidadoras de familiares menores o adultos mayores”.

En ese contexto, promete que ya está elaborando una iniciativa para erradicar la discriminación contra el gremio, pues apunta que los salarios están por debajo del mínimo y que siete de cada 10 son mujeres indígenas que siguen sin prestaciones de ningún tipo.

Adid Jiménez | El Sol de Morelia

Servicios sexuales

Aunque es considerado “el oficio más viejo del mundo”, el de los servicios sexuales nunca se ha regulado en México en una norma que tenga carácter federal. El más reciente intento es el de la diputada transexual María Clemente García (Morena), quien en octubre del año pasado lanzó la iniciativa que intenta convertirse en la Ley de los Servicios Sexuales, Eróticos y/o de Acompañamiento, lo que haría de este ejercicio una actividad lícita y con prestaciones laborales.

En su parte central, la propuesta señala que los servicios sexuales solo podrán prestarse por personas mayores de 18 años, “de forma voluntaria y sin coerción de por medio”. En ese esquema, tanto oferentes como demandantes estarían obligados a evitar riesgos de contagio de enfermedades o infecciones durante la realización del acto. Se añade que “el incumplimiento de esta disposición dará lugar a las responsabilidades civiles o penales en que cualquiera de las partes pueda incurrir”.

De prosperar en la Cámara de Diputados, habría que modificar la Ley Federal del Trabajo en tres de sus artículos e incluir el capítulo XVIII del Trabajo Sexual, con una definición clara y al mismo tiempo con garantías para quienes lo ejerzan.

La propuesta no cayó bien entre algunos colectivos y organizaciones civiles. Una vez que se dio a conocer la iniciativa, voceras de la Brigada Callejera de Apoyo a la Mujer Elisa Martínez A.C. dijeron ante medios de comunicación que esa ley “pretende violar los derechos humanos de las trabajadoras, ya que estigmatiza a las personas que viven con VIH“.

Reprochan que con la nueva norma se quiera sancionar a quienes puedan “contagiar” una enfermedad: “El VIH-SIDA y las infecciones de transmisión sexual no se contagian, se transmiten. Una ley que no nombra de manera adecuada a las infecciones de transmisión sexual, habla de un desconocimiento que quien o quienes la plantean legislar en el rubro del trabajo sexual", plasmaron en un comunicado.

Gerardo Herrera Pérez, activista de derechos humanos, apunta en entrevista que nuestro marco normativo reconoce los derechos reproductivos y sexuales, así como el derecho al libre desarrollo de la personalidad. En ese tenor, subraya: “Si tu proyecto de vida es el de vender una parte de tu cuerpo para ejercer una sexualidad, eso ya está reconocido, siempre y cuando no haya trata de personas, lenocinio o un tercero que se beneficie, además de que nadie puede ser esclavizado”.

Adid Jiménez | El Sol de Morelia

En Michoacán nunca se ha levantado un censo para saber cuántas personas ofrecen servicios sexuales. A lo mucho, se estima que 180 personas se han afiliado a cuatro organizaciones que han intentado visibilizar la falta de reconocimiento jurídico.

Herrera argumenta que hace falta un verdadero proyecto de política pública que permita a este conjunto de personas contar con todas las herramientas legales. Como modelos a seguir menciona a los Países Bajos, donde el trabajo sexual no solo está regulado, sino que es una industria que aporta al desarrollo económico, “con calles completas de esa oferta sexual como también ocurre en Nueva York, en San Francisco y que en América Latina se aproximan con zonas de tolerancia”.

Cita a Nuria Varela, autora de la Cuarta Ola del Feminismo, para señalar la llamada “prostitución institucional”, un contubernio de poder que genera prácticas de venta de cuerpos y trata de personas con la intervención de personajes políticos e incluso miembros de la delincuencia organizada.

Pero más allá de leyes, Herrera afirma que hay que apostar a los núcleos familiares, rompiendo de tajo con tabúes que solo han causado una pésima educación sexual tanto en las escuelas como en los hogares. A medida que haya más información y comunicación, dice, “construirá a un sujeto con derecho a la educación, la sexualidad y la reproducción”.

Finalmente, afirma que en el país se ha criminalizado a quien ejerce el trabajo sexual, pero no así a quien lo solicita. “El que demanda estos servicios nunca informa si tiene una enfermedad de transmisión sexual, por lo que esa responsabilidad solo se le exige a la otra parte, con lo que se genera una asimetría de poder”, concluye.