Zamora, Michoacán (OEM-Infomex).- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) emitió una medida cautelar a favor de un paciente en Zamora que pide la muerte digna, a lo cual se ha negado en tres ocasiones el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
A través de un comunicado, el organismo precisó que el llamado es a que se respeten los derechos que constitucionalmente corresponden, pues en Michoacán al igual que en otras 13 entidades del país rige la Ley Vital de Voluntad Anticipada, traducida como la decisión que toma una persona de ser sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar su vida cuando se encuentre en etapa terminal.
A través del visitador regional de Zamora, se abrió el expediente CEDH/3540/2023- C, a fin de que las autoridades correspondientes atiendan las intenciones personales del paciente.
Desde el 26 de abril del presente año, la persona cuya identidad es reservada pidió al titular de la clínica 82 del IMSS, Eduardo Vega, se le otorguen los beneficios de la citada ley, pues padece un trastorno mental de personalidad, mismo que hace que su vida “sea un infierno”, según se puede leer en un manuscrito.
De acuerdo al propio gobierno de México, “la voluntad anticipada no prolonga ni acorta la vida, respeta el momento natural de la muerte y favorece la atención y los cuidados paliativos al final de la vida, es decir, ofrecer acompañamiento al paciente sin intervención médica durante esta última etapa”.
En Michoacán, la Ley se aprobó desde 2016, en la cual se precisa que los pacientes tienen derecho a que se regulen las formas, requisitos y procedimientos que garanticen la libre decisión para elegir el tratamiento de cuidados paliativos y rechazar medidas extraordinarias o curativas cuando se encuentren en un estado terminal, con el fin de evitar la obstinación terapéutica.