Michoacán (OEM-Infomex).-Este martes 13 de abril, fue publicada en el Periódico Oficial del Estado la nueva Ley ambiental para la Conservación y Sustentabilidad Ambiental del estado, la cual plantea medidas para recuperación de bosques, la regulación del uso de plásticos y bolsas de polietileno, así como dar atribuciones al procurador del Medio Ambiente para poder sancionar a quienes cometan acciones que afecten al medio ambiente.
Con la publicación de la nueva ley, los establecimientos mercantiles contarán con un plazo de 24 meses para desincentivar el uso de las bolsas de plástico, y optar por el uso de las que sean elaboradas a base de materiales biodegradables o reciclables, lo mismo en el caso de los popotes, agitadores, utensilios y envases; en caso de ser necesario se podrá dar una una sola prórroga de hasta 12 meses, si la Secretaría de Medio ambiente así lo considera.
En el caso de los productores locales de plásticos y productos derivados del poliestireno de un solo uso, contarán con un plazo de 36 meses para transitar a nuevas tecnologías e insumos de producción, con posibilidad de una sola prórroga de hasta 12 meses.
Además, a partir de la publicación de la ley, los productores de bolsas de acarreo, deberán signar en un plazo no mayor de 30 días, un convenio con la Secretaría para producir con al menos un 50% la composición de la bolsa con insumos reciclados, orgánicos, compostables o biodegradables, en un periodo de uno hasta dos años.
A partir de los dos años y hasta los tres años, de la entrada en vigor esta ley aumentará un 75% del contenido de insumos reciclados, orgánicos, compostables o biodegradables.
Puede interesarte: Fuego consumió 10 hectáreas en la Loma de Santa María
Para dar cumplimiento a la sustitución en el consumo de artículos de higiene personal y belleza de un solo uso por artículos ecológicos, se tendrá un plazo de 24 meses a partir, con una sola prórroga de 6 meses, para lo cual, los Ayuntamientos deberán regular y sancionar en su normatividad estas prácticas con la meta de buscar su sustitución por artículos ecológicos, a través de un reglamento.
Además, estarán prohibidas las obras que puedan causar desequilibrios ecológicos o produzcan impactos ambientales significativos en el medio ambiente, los recursos naturales, o en su caso puedan modificar artificialmente los patrones hidrometeorológicos.
En cuanto a la generación de contaminantes por fuentes móviles, establece que los vehículos que presenten niveles de contaminantes que rebasen los límites máximos podrán ver limitada su circulación en el estado.
Además, plantea que la Secretaría y los ayuntamientos, formularán sus respectivos programas de medio ambiente, y realicen programas de reforestación en todo el estado, dicho programa tendrá entre sus objetivos que el ciudadano adopte un árbol.
También indica que el gobierno estatal en coordinación con ayuntamientos y empresarios deberán elaborar un programa permanente basado en la economía circular, en el que se establezcan la metodología para separar, reducir, reciclar y reutilizar, así como en el acopio y comercialización, de los productos y sus derivados.