Morelia Michoacán (OEM-Infomex).- El Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) aprobó los lineamientos para la reelección de diputados y ayuntamientos, quienes podrán permanecer en su cargo aunque participen en el proceso electoral actual.
Este proceso electoral será el segundo en el que es posible la reelección, pero a diferencia del vivido entre 2017 y 2018, en éste, la separación del cargo no es obligatoria, por lo que podrán permanecer en su cargo.
Por ello, los lineamientos incluyen las reglas para que esta modificación no afecte la equidad en la contienda electoral.
Con esto, los candidatos que busquen participar en una elección consecutiva y que permanezca en el cargo: no podrán dejar de acudir a las sesiones o reuniones, por realizar actos de campaña, en el horario laboral de su encargo, no deberá realizar actos de campaña; no podrán utilizar recursos públicos, ya sean humanos, materiales o económicos; y deberán cumplir con las obligaciones inherentes al cargo.
Además quedará prohibido que en las casas de gestión y enlace se utilicen para actividades proselitistas, y no podrá prometer o condicionar programas sociales, servicios u otro trámite ante instancias gubernamentales ni podrá intervenir de modo alguno en facilitar u obstaculizar ningún tipo de trámite en la demarcación por la que contiende.
En cuanto a la postulación, se establece que para la elección consecutiva, quienes tengan una candidatura deberán participar con el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición o candidatura común que los postuló en el proceso electoral anterior.
Para participar con un instituto político diferente, tendrá que haber renunciado al o los partidos que lo postularon o haber perdido su militancia antes de la mitad de su mandato, lo que deberán acreditar con la documentación correspondiente
En el caso de las candidaturas de origen independiente que aspiren a participar en una elección consecutiva, no se les pedirán las firmas de respaldo ciudadano para obtener su registro.
Para el caso específico de las diputaciones, los plurinominales podrán acceder a la elección consecutiva con la misma calidad o a través del principio de mayoría relativa. y viceversa.
Mientras que las y los presidentes municipales, síndicas o síndicos y regidoras o regidores que deseen participar en la elección consecutiva únicamente podrán hacerlo por el mismo municipio por el que fueron electos en la elección inmediata anterior.
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Los partidos políticos de reciente creación podrán postular candidaturas para elección consecutiva, siempre que la candidata o candidato a postular hubiese renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato, o bien, se trate de candidatos que provengan de partidos políticos que hubiesen perdido el registro.
En todas las solicitudes de registro, se revisará que las candidaturas que no se encuentren en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, pero en caso que lo esté, tendrá la oportunidad de una audiencia para explicar la situación.