Iniciativa de ley en Michoacán serviría de piso para “alquiler de vientres”: asociación civil

Representes de Humanas sin Violencia A.C., señalaron que esta propuesta antepone los derechos de los adoptantes, a los de las mujeres

Zuhey Medina | El Sol de Zamora

  · domingo 24 de mayo de 2020

Foto: Mariana Luna | El Sol de Morelia

Morelia, Michoacán (OEM- Infomex).- Lanzar iniciativas, como la recientemente propuesta que busca regular “la adopción de aquellos que aún no han nacido” en Michoacán, podría ir contra los derechos básicos de las mujeres, debido a que sirven de piso para la clandestinidad y también para el alquiler de vientres, señaló la asociación civil Humanas sin Violencia.

Mediante un comunicado, publicado la tarde de este domingo en sus redes sociales, representantes de esta organización mostraron su preocupación ante la iniciativa impulsada por la legisladora del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Yarabí Ávila la cual podría abrir una puerta a la corrupción y a la violencia contra las mujeres y niñas, aseveraron.

Señalaron como cruel, el anteponer las necesidades de los adoptantes, a las de mujeres y niñas, que serían usadas “como un medio para subsanar la idea o anhelo de la maternidad y paternidad, a través de un ‘servicio’ encubierto” lo cual, volvería al Estado en cómplice de la violencia contra niñas y mujeres.

De acuerdo a la iniciativa presentada el pasado 18 de mayo en el Congreso Local, una mujer, sin importar el tiempo de gestación del embrión o feto podría iniciar el proceso de adopción y entregarlo cuando nazca a la nueva familia. “Se tiene a muhcas parejas intentando adoptar por falta de posibilidades para concebir”.

Recordaron que, de acuerdo a numerosos artículos de la Convención Americana y de la Declaración Americana, no es factible sostener que un embrión sea titular y ejerza derechos. Por otro lado, ya que la concepción sólo ocurre en el cuerpo de una mujer, es esta a quien se deben destinar protección, cuidado y ayudas especiales.

En ese sentido, el Código Penal del estado garantiza la no punilidad del aborto en casos de violación, inseminación artificial no consentida, precaria situación económica, cuando corra peligro de afectación grave a su salud, por malformación del producto, y por conducta imprudencial.