/ martes 23 de agosto de 2022

Invalida la Suprema Corte autogobierno en Nahuatzen

El ayuntamiento impugnó las modificaciones a la Ley Orgánica por considerar que violaba los principios constitucionales

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- Este martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el capítulo XXI De los pueblos indígenas de la Ley Orgánica del Estado, con lo que imposibilita el autogobierno en el municipio de Nahuatzen.

El ayuntamiento de Nahuatzen impugnó las modificaciones a la Ley Orgánica porque consideró que violaba los principios constitucionales de autonomía municipal, libre Hacienda y el principio de división de poderes.

En ese sentido, la SCJN indicó en un comunicado que el Pleno resolvió la controversia constitucional que fue promovida por el municipio en contra de seis artículos de dicha Ley que fue publicada el 30 de marzo de 2021.

Los artículos son del 114 al 120, además del Sexto transitorio y una fracción del Tercero transitorio. Los ministros consideraron que la norma es inconstitucional pues afecta los derechos e intereses de los pueblos y comunidades indígenas, al no existir una consulta previa.

Por lo anterior la Suprema Corte declaró la invalidez. Sin embargo, los efectos de dicha resolución se limitará a las partes involucradas, es decir, que solo tendrá aplicación para el municipio de Nahuatzen.

El pleno también resolvió otra controversia constitucional que promovió el municipio de Guaymas, Sonora, donde reclamaron ante la SCJN la presunta invasión de las competencias de las autoridades locales.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió dos controversias constitucionales promovidas por municipios de Michoacán y Sonora en donde reclamaron ante el máximo tribunal del país la presunta invasión de las competencias de las autoridades municipales.

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- Este martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el capítulo XXI De los pueblos indígenas de la Ley Orgánica del Estado, con lo que imposibilita el autogobierno en el municipio de Nahuatzen.

El ayuntamiento de Nahuatzen impugnó las modificaciones a la Ley Orgánica porque consideró que violaba los principios constitucionales de autonomía municipal, libre Hacienda y el principio de división de poderes.

En ese sentido, la SCJN indicó en un comunicado que el Pleno resolvió la controversia constitucional que fue promovida por el municipio en contra de seis artículos de dicha Ley que fue publicada el 30 de marzo de 2021.

Los artículos son del 114 al 120, además del Sexto transitorio y una fracción del Tercero transitorio. Los ministros consideraron que la norma es inconstitucional pues afecta los derechos e intereses de los pueblos y comunidades indígenas, al no existir una consulta previa.

Por lo anterior la Suprema Corte declaró la invalidez. Sin embargo, los efectos de dicha resolución se limitará a las partes involucradas, es decir, que solo tendrá aplicación para el municipio de Nahuatzen.

El pleno también resolvió otra controversia constitucional que promovió el municipio de Guaymas, Sonora, donde reclamaron ante la SCJN la presunta invasión de las competencias de las autoridades locales.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió dos controversias constitucionales promovidas por municipios de Michoacán y Sonora en donde reclamaron ante el máximo tribunal del país la presunta invasión de las competencias de las autoridades municipales.

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