Morelia, Michoacán (OEM Infomex).- El pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) declaró inexistencia de calumnia por parte de Iván Pérez Negrón y Miguel Ángel Villegas Soto, contra Alfonso Martínez Alcázar, alcalde electo en Morelia.
Los magistrados negaron que existiera la violación atribuida a los entonces candidatos a presidente municipal y a regidor, respectivamente, para el Ayuntamiento de Morelia, ambos postulados por la coalición Juntos Haremos Historia, conformada por Morena y el Partido del Trabajo (PT).
Señalaron que las manifestaciones de los denunciados fueron una opinión crítica, la cual consideraron que tiene cobertura legal dentro del discurso político, por tanto, no acreditaron que fueran calumnias y pidieron privilegiar y maximizar la libertad de expresión.
Este procedimiento especial sancionador TEEM-PES-090/2021, fue promovido por Martínez Alcázar, entonces candidato postulado por los Partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD).
Amonestan a edil de Zináparo
Jesús Zamudio, presidente municipal del Zináparo, y el responsable del área de Comunicación Social, fueron amonestados en esta misma sesión pública virtual por los magistrados, al considerar que incurrieron en la difusión de propaganda gubernamental durante el periodo de campaña electoral y promoción personalizada.
El entonces candidato a la elección consecutiva postulado por Movimiento Ciudadano, el secretario del Ayuntamiento referido, el responsable del área de Comunicación Social y el editor de la página Movimiento Ciudadano Zináparo en la red social Facebook, fueron señalados en el procedimiento especial sancionador TEEM-PES-080/2021.
En ese denunciaban también el uso de frases usadas en la propaganda gubernamental del ayuntamiento.