/ sábado 19 de octubre de 2024

La Reforma al Poder Judicial pasará; Morena y aliados se impondrán

El dictamen fue elaborado de manera inmediata por los diputados integrantes de las Comisiones de Justicia, Puntos Constitucionales, Asuntos Electorales y Participación Ciudadana

Morelia, Michoacán.- El lunes, la 76 Legislatura de Michoacán en sesión someterá a votación la reforma local para renovar el Tribunal de Justicia de la entidad. Los magistrados que participen en la elección, deberán haber obtenido nueve de calificación en las materias del cargo que se postularán y no ocupar cargo al menos 90 días antes de la elección.

El dictamen fue elaborado de manera inmediata por los diputados integrantes de las Comisiones de Justicia, Puntos Constitucionales, Asuntos Electorales y Participación Ciudadana. Este sábado, fue dado a conocer a los medios de comunicación, el cual se pretende ser votado este lunes en sesión extraordinaria a las 8:00 de la mañana.

La reforma presentada al Congreso por el titular del Ejecutivo, Alfredo Ramírez Bedolla, menciona que la administración del Poder Judicial del Estado estará a cargo de un Órgano de Administración Judicial, mientras que la vigilancia y disciplina de su personal, será a través del Tribunal de Disciplina Judicial, el cual contará con independencia técnica, de gestión y para emitir resoluciones.

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El Tribunal de Disciplina Judicial, según el Dictamen, ordenará oficiosamente o por denuncia el inicio de investigaciones, atraer procedimientos relacionados con faltas graves y podrá ordenar medidas cautelares y sancionar a las personas servidoras públicas que incurran en actos u omisiones.

En tanto, el Órgano de Administración Judicial, será el encargado de elaborar el presupuesto del Poder Judicial del Estado y contará con un órgano auxiliar con autonomía técnica y de gestión, denominado Escuela Estatal de Formación Judicial responsable de implementar los procesos de formación, capacitación, evaluación, certificación y actualización del personal de carrera judicial y administrativo.

Requisitos para ser electos los magistrados y jueces de Michoacán

Los magistrados y jueces del Poder Judicial de Michoacán, percibirán una remuneración adecuada e irrenunciable, no podrá ser mayor a la que percibe la presidenta de la República.

Los que se sometan a la elección, que organizará el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) el primer domingo de junio del 2025, no deben tener más de 65 años, ni menos de 35 años al día de la elección.

Deben contar con un título profesional de licenciado en derecho, expedido por la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) o por institución legalmente facultada para ello.

Te puede interesar: Los jueces tendrán que participar en elecciones sino serán liquidados: PT

Un promedio general de calificación de ocho puntos o su equivalente, y/o de nueve puntos o su equivalente en las materias relacionadas con el cargo que se postula en la licenciatura, especialidad, maestría y doctorado, y práctica profesional de cuando menos tres años en el ejercicio de la actividad jurídica

Tienen que gozar de buena reputación y no haber sido sentenciado por delito doloso; no ocupar el cargo de titular de las dependencias, ni Fiscal General del Estado, o diputado local, siempre que se separen de sus cargos 90 días antes de la elección.

Morelia, Michoacán.- El lunes, la 76 Legislatura de Michoacán en sesión someterá a votación la reforma local para renovar el Tribunal de Justicia de la entidad. Los magistrados que participen en la elección, deberán haber obtenido nueve de calificación en las materias del cargo que se postularán y no ocupar cargo al menos 90 días antes de la elección.

El dictamen fue elaborado de manera inmediata por los diputados integrantes de las Comisiones de Justicia, Puntos Constitucionales, Asuntos Electorales y Participación Ciudadana. Este sábado, fue dado a conocer a los medios de comunicación, el cual se pretende ser votado este lunes en sesión extraordinaria a las 8:00 de la mañana.

La reforma presentada al Congreso por el titular del Ejecutivo, Alfredo Ramírez Bedolla, menciona que la administración del Poder Judicial del Estado estará a cargo de un Órgano de Administración Judicial, mientras que la vigilancia y disciplina de su personal, será a través del Tribunal de Disciplina Judicial, el cual contará con independencia técnica, de gestión y para emitir resoluciones.

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El Tribunal de Disciplina Judicial, según el Dictamen, ordenará oficiosamente o por denuncia el inicio de investigaciones, atraer procedimientos relacionados con faltas graves y podrá ordenar medidas cautelares y sancionar a las personas servidoras públicas que incurran en actos u omisiones.

En tanto, el Órgano de Administración Judicial, será el encargado de elaborar el presupuesto del Poder Judicial del Estado y contará con un órgano auxiliar con autonomía técnica y de gestión, denominado Escuela Estatal de Formación Judicial responsable de implementar los procesos de formación, capacitación, evaluación, certificación y actualización del personal de carrera judicial y administrativo.

Requisitos para ser electos los magistrados y jueces de Michoacán

Los magistrados y jueces del Poder Judicial de Michoacán, percibirán una remuneración adecuada e irrenunciable, no podrá ser mayor a la que percibe la presidenta de la República.

Los que se sometan a la elección, que organizará el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) el primer domingo de junio del 2025, no deben tener más de 65 años, ni menos de 35 años al día de la elección.

Deben contar con un título profesional de licenciado en derecho, expedido por la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) o por institución legalmente facultada para ello.

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Un promedio general de calificación de ocho puntos o su equivalente, y/o de nueve puntos o su equivalente en las materias relacionadas con el cargo que se postula en la licenciatura, especialidad, maestría y doctorado, y práctica profesional de cuando menos tres años en el ejercicio de la actividad jurídica

Tienen que gozar de buena reputación y no haber sido sentenciado por delito doloso; no ocupar el cargo de titular de las dependencias, ni Fiscal General del Estado, o diputado local, siempre que se separen de sus cargos 90 días antes de la elección.

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