Liberación de presos indígenas genera incertidumbre en Nahuatzen

Las personas liberadas propician la ingobernabilidad y división política en el municipio, asegura la encargada del Concejo de Vigilancia

Francisco Torres | El Sol de Morelia

  · viernes 11 de febrero de 2022

Foto: Cuartoscuro

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- Con menos de la mitad de la condena purgada, fueron liberados los tres habitantes de Nahuatzen que estaban presos desde el 2018 En este municipio hay incertidumbre porque aún prevalecen resquicios de ingobernabilidad y división social propiciada por los ahora liberados; algunos de los afectados, como Guadalupe Irepan, encargada del Concejo de Vigilancia, aseguran que la liberación obedece a intereses políticos, “nunca hubo reparación del daño a las víctimas a pesar de que el mismo tribunal impuso una multa de más de un millón de pesos”, acusó.

La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Margarita Ríos Farjat, la misma que llevó el caso de la elección del ahora gobernador Alfredo Ramírez Bedolla, fue la misma que ordenó la liberación de los comuneros que estaban procesados por agresiones, daño en las cosas y robo de vehículos (incendiados).

Los procesados, José Gerardo, José Antonio y José Luis, obtuvieron su libertad por dos razones: una de ellas es que la SCJN les concedió un amparo en el que apelaban a que no se les siguió un proceso donde los considere como indígenas, característica que los procesados hicieron valer en un recurso de revisión contra la sentencia del 13 de agosto de 2020, dictada por el Tribunal Colegiado en Materia Penal de Michoacán con sede en Uruapan.

Te podría interesar: Ordenan la inmediata liberación de tres comuneros de Michoacán

En su conclusión, la magistrada expuso que el Tribunal Colegiado omitió pronunciarse sobre las protecciones constitucionales asociadas a su pertenencia étnica, contenidas en el artículo 2º constitucional; “el órgano jurisdiccional no detonó en favor de los quejosos las protecciones constitucionales asociadas a su pertenencia étnica, no obstante que la autoadscripción es la razón determinante para reputar a una persona como indígena”.

A este hecho se sumó que el ayuntamiento de Nahuatzen no ratificó la denuncia interpuesta por daño en las cosas y robo; la tercera afectada, como representante del ayuntamiento, era el ex síndico, María Elena Avilés Alendar, quien culminó su periodo como funcionaria en septiembre del 2021.

La Fiscalía de Michoacán la convocó en noviembre del 2021 a que ratificara su denuncia, pero ya no tenía la investidura de síndica y no tenía personalidad jurídica para ratificar la denuncia. A decir de ella, le correspondía a la síndica en turno, María De la Luz Jiménez Avilés, atender este tema, pero la nueva responsable no ratificó la acusación del ayuntamiento.

Otras denuncias no se mencionan en la resolución de la SCJN

Aparte de la denuncia que llevaba el ayuntamiento, había más de 100 denuncias acumuladas por particulares, en ellas diferentes ciudadanos de Nahuatzen demandaron a los imputados por agresiones, daño en las cosas y vehículos incendiados.

Era el décimo amparo que promovían los acusados ante la SCJN desde que la Quinta Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia Del Estado De Michoacán dictó una sentencia por siete años de prisión.