/ viernes 11 de septiembre de 2020

Lo que no pueden hacer los políticos en el proceso electoral

Por promoción personalizada, IEM analiza 11 casos de servidores públicos

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- El proceso electoral puede dividirse en cuatro etapas: elección de candidatos, precampañas, campañas y jornada electoral, y para cada una de ellas hay ciertas reglas que los actores políticos deben seguir si no quieren ser amonestados por la autoridad electoral.

La primera etapa abarca desde el día del comienzo del proceso electoral, 06 de septiembre, y hasta el comienzo de las precampañas, 23 de diciembre, durante este periodo los aspirantes, militantes, institutos políticos deben obedecer los siguiente artículos del Código de Michoacán.

Foto | Adid Jiménez

El artículo 158 establece que los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular que participen en los procesos de selección interna de cada partido, no podrán realizar actividades de proselitismo o difusión de propaganda, por ningún medio.

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Así mismo, los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular tienen prohibido en todo tiempo, la contratación o adquisición de propaganda o cualquier otra forma de promoción personal en radio y televisión.

El artículo 161 señala que no podrán realizar ningún acto ni difundir propaganda de precampaña fuera de los tiempos establecidos.

Foto: Iván Villanueva | El Sol de Morelia

El artículo 167 menciona que ninguna persona podrá contratar propaganda dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos. Sólo los partidos políticos y candidatos independientes lo podrán hacer.

El artículo 169 detalla que está prohibida la entrega de cualquier tipo de material que contenga propaganda política, en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo.

Foto: Adid Jiménez | El Sol de Morelia

Además, el artículo 169 establece que: ningún ciudadano podrá realizar actividades para promocionar su imagen o nombre con la finalidad de participar en un proceso de selección de candidato u obtener una candidatura, desde seis meses antes de que inicie el proceso electoral.

Te puede interesar: Inicia el proceso electoral en Michoacán

En ese sentido,en julio y agosto, el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) dictó medidas cautelares para que el diputado del Partido Acción Nacional (PAN), David Cortés Mendoza, el de Morena, Francisco Cedillo de Jesús, la ex morenista Wilma Zavala y Brenda Fraga del Partido del trabajo (PT), así como el alcalde el Morelia, Raúl Morón Orozco, retiraran sus anuncios de redes sociales.

Además, en estos momentos el IEM analiza once casos más de servidores públicos que habrían hecho promoción personalizada, sin embargo no se puede dar a conocer quiénes son, hasta que se acredite o no la falta a la ley electoral.

Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- El proceso electoral puede dividirse en cuatro etapas: elección de candidatos, precampañas, campañas y jornada electoral, y para cada una de ellas hay ciertas reglas que los actores políticos deben seguir si no quieren ser amonestados por la autoridad electoral.

La primera etapa abarca desde el día del comienzo del proceso electoral, 06 de septiembre, y hasta el comienzo de las precampañas, 23 de diciembre, durante este periodo los aspirantes, militantes, institutos políticos deben obedecer los siguiente artículos del Código de Michoacán.

Foto | Adid Jiménez

El artículo 158 establece que los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular que participen en los procesos de selección interna de cada partido, no podrán realizar actividades de proselitismo o difusión de propaganda, por ningún medio.

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Así mismo, los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular tienen prohibido en todo tiempo, la contratación o adquisición de propaganda o cualquier otra forma de promoción personal en radio y televisión.

El artículo 161 señala que no podrán realizar ningún acto ni difundir propaganda de precampaña fuera de los tiempos establecidos.

Foto: Iván Villanueva | El Sol de Morelia

El artículo 167 menciona que ninguna persona podrá contratar propaganda dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos. Sólo los partidos políticos y candidatos independientes lo podrán hacer.

El artículo 169 detalla que está prohibida la entrega de cualquier tipo de material que contenga propaganda política, en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo.

Foto: Adid Jiménez | El Sol de Morelia

Además, el artículo 169 establece que: ningún ciudadano podrá realizar actividades para promocionar su imagen o nombre con la finalidad de participar en un proceso de selección de candidato u obtener una candidatura, desde seis meses antes de que inicie el proceso electoral.

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En ese sentido,en julio y agosto, el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) dictó medidas cautelares para que el diputado del Partido Acción Nacional (PAN), David Cortés Mendoza, el de Morena, Francisco Cedillo de Jesús, la ex morenista Wilma Zavala y Brenda Fraga del Partido del trabajo (PT), así como el alcalde el Morelia, Raúl Morón Orozco, retiraran sus anuncios de redes sociales.

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