/ martes 6 de junio de 2023

Menos del 2% de las denuncias por violación y abuso sexual, tienen sentencia condenatoria

Ante la FGJE de Michoacán se han presentado siete mil 323 denuncias desde el 2016 a la fecha

Morelia, Michoacán (OEM Infomex).- Desde el 2016 al 2023 se han interpuesto siete mil 323 denuncias por violaciones y/o abuso sexual ante la Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE), y sólo en 133 carpetas se ha logrado una sentencia condenatoria.

De esas carpetas, sólo se han judicializado 915 casos, es decir, sólo en el 12.4 por ciento ha llegado a una audiencia inicial, en la que se realiza, en su caso el control de la detención y se informa al responsable del delito la acusación que se le imputa.

De acuerdo al artículo 17 constitucional “toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo resoluciones de manera pronta, completa e imparcial, sien embargo en Michoacán este precepto no se cumple en los delitos de violaciones y/o abuso sexual, donde la mayoría de las víctimas son niñas menores de 18 años.

Con consignas, mujeres marchan por las calles de Morelia para exigir alto a la violencia de genero / Foto: Iván Arias | El Sol de Morelia

Los datos además, obtenidos vía transparencia no coinciden con los que tiene la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEEAV), dependencia que expone que del 2016 a la fecha sólo han nombrado asesor jurídico para las victimas en mil 226 carpetas de investigación iniciadas por la Fiscalía por delitos de violación o abuso sexual.

Esta cifra representa seis mil 97 carpetas menos de las que ha iniciado la propia Fiscalía por estos delitos, y de estas, se ha obtenido sentencia condenatoria en 292 carpetas, es decir, más carpetas de las que tiene registradas la Fiscalía por condenas.

Vía acceso a la información de la Fiscalía se obtuvo también que en estas carpetas las víctimas son menores de edad y expone que con esta característica existen mil 766 casos de violación a menores, y dos mil 371 carpetas por abuso sexual, un total de cuatro mil 137 víctimas de estos delitos desde el 2016, lo que representa el 56.4 por ciento de las denuncias.

Foto: Mariana Luna | El Sol de Morelia

Las cifras revelan que de las más de siete mil denuncias presentadas por violación y/o abuso sexual, interpuestas ante la Fiscalía desde el 2016 a la fecha, sólo en el 1.8 por ciento de los casos ha logrado una sentencia condenatoria, mientras que del registro que lleva la CEEAV, sólo el 16.5 por ciento de los casos han concluido en sentencia.

En la misma información de respuesta que emitió la Fiscalía, refiere que las primeras sentencias condenatorias comenzaron a obtenerse a partir del 2021, en tanto que de los años anteriores no hay evidencia de que hayan concluido en una condena.

El Código Penal del Estado de Michoacán establece que la pena mínima por violación es de cinco años de cárcel, la pena máxima es de 15 años y de acuerdo al artículo 165 de dicho código, cuando una persona es menor de 18 años de edad, se impondrán de 10 a 30 años de prisión.

En el caso de abuso sexual, sin llegar a la cúpula, las penas mínimas son de dos años de prisión, y una máxima de cinco años de privación de la libertad. Si se hiciere uso de violencia física o psicológica, o la víctima es menor de edad, la pena prevista se aumenta hasta en una mitad.

Las penas se agravan cuando se trata de una persona menor de 16 años de edad, o si la víctima no tiene capacidad para comprender el significado del hecho, entonces se impondrán de dos a cinco años más, y si se uso la violencia física o psicológica la pena prevista se aumenta en una mitad, de acuerdo al artículo 167.

Foto: Archivo | El Sol de Morelia

Las penas aumentan en dos terceras partes cuando los delitos sean cometidos por un familiar en línea ascendiente o descendiente, como el tutor contra su pupilo, el padrastro o la madrastra contra su hijastro o éste contra cualquiera de ellos, de acuerdo al artículo 168.

Y se le impone de nueve a dieciocho años de prisión a quien, aprovechándose de la relación de subordinación o superioridad que tenga sobre la víctima derivada de una relación de cualquier índole, ejecute un acto sexual en una persona menor de dieciocho años de edad o persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, o que por cualquier causa no pueda resistirlo, o la haga observar o ejecutar dicho acto, dice el artículo 168 bis.

Lo que en realidad está ocurriendo

A pregunta expresa de cuál ha sido la pena máxima y la pena mínima obtenida por un delito de violación o abuso sexual, la Fiscalía de Michoacán, respondió que “no se lleva un registro de las de las conclusiones desglosadas por tipo de delito en cuanto a juicios ordinarios, y que en relación a las sentencias obtenidas en juicio abreviado, no cuenta con información sobre las penas de prisión convenidas, por lo tanto, no es posible saber cuáles fueron los años de prisión dictadas a violadores a personas que cometieron abuso sexual”.

Por su parte, la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEEAV) ofrece una respuesta ambigua para conocer el mínimo y el máximo de condenas obtenidas en juicio ordinario.

En las sentencias obtenidas por juicios abreviados, que se caracterizan porque el acusado acepta el delito y la reparación del daño a cambio de una reducción de la sentencia, la CEEAV ofrece una tabla comparativa, donde refleja que la pena mínima que han obtenido es de seis meses y cinco días de prisión y de las 292 sentencias condenatorias, la sentencia más alta obtenida fue de 20 años de cárcel para el agresor, situación que solo ha ocurrido en una ocasión.

El caso de las hijas de Paz

En el 2022 Paz N. escuchó por primera vez la confesión de sus hijas, que habían sido violadas y abusadas sexualmente por su padrastro, contra ellas se cometieron estos delitos en distintas ocasiones, la pena máxima que formuló en su acusación inicial la Fiscalía General de Michoacán, fue de 204 años de prisión contra Luis Ángel T., en la carpeta de investigación número 1003-2022-31770.

Nunca en la historia de Michoacán se ha impuesto una pena máxima, al menos no en los últimos siete años de los que se recabó información.

En el caso de Paz y sus hijas, la situación no se aprecia diferente. A unos días de que se celebro la audiencia intermedia para este caso, el 21 de marzo pasado , el asesor de las víctimas que asignó la CEEAV expuso a Paz que habían acordado con la defensa de su ex pareja y el Ministerio Público, optar por un juicio abreviado y la Fiscalía ofreció una condena de 20 años de prisión, el 10 por ciento de la acusación inicial.

Paz no estuvo de acuerdo, y así lo hizo saber a la juez del Poder Judicial que llevó la audiencia. La juez le dio la razón a Paz y sus hijas y exhortó a los asesores jurídicos a que ofrecieran información suficiente a la víctima para incluir su opinión y llegar a un acuerdo en la sentencia. Se fijó entonces una nueva fecha para continuar la audiencia, el 15 de mayo pasado.

En esta nueva audiencia el Ministerio Público, aumentó cuatro a la condena para proponer 24 años como sentencia, pero una vez más la juez que lleva el caso les exigió una justificación a la propuesta ya que a pesar de haber un acuerdo para la reparación del daño, la representante del Poder Judicial no encontró el argumento de sustento para una reducción en la condena de 204 a sólo 24 años de prisión.

La juez volvió a explicar de manera abreviada a los defensores y al ministerio público, que por los delitos que se le imputan a Luis Ángel T., y todos los agravantes, en una lógica matemática de la aplicación del Código Penal, la condena mínima no podría ser menor a los 50 años, por eso solicitó nuevamente al agente del ministerio público, que fundamentará la propuesta que están haciendo en apego al código penal y lo que establece para penas mínimas.

Durante todo el proceso los asesores de las víctimas procuraron hablar lo mínimo, desatendiendo el servicio de orientación a la víctima.

La nueva fecha de audiencia para este caso se programó para el próximo 14 de julio, cuando se espera conocer la argumentación de las partes involucradas para conocer la resolución de la carpeta de investigación número 1003-2022-31770.

Morelia, Michoacán (OEM Infomex).- Desde el 2016 al 2023 se han interpuesto siete mil 323 denuncias por violaciones y/o abuso sexual ante la Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE), y sólo en 133 carpetas se ha logrado una sentencia condenatoria.

De esas carpetas, sólo se han judicializado 915 casos, es decir, sólo en el 12.4 por ciento ha llegado a una audiencia inicial, en la que se realiza, en su caso el control de la detención y se informa al responsable del delito la acusación que se le imputa.

De acuerdo al artículo 17 constitucional “toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo resoluciones de manera pronta, completa e imparcial, sien embargo en Michoacán este precepto no se cumple en los delitos de violaciones y/o abuso sexual, donde la mayoría de las víctimas son niñas menores de 18 años.

Con consignas, mujeres marchan por las calles de Morelia para exigir alto a la violencia de genero / Foto: Iván Arias | El Sol de Morelia

Los datos además, obtenidos vía transparencia no coinciden con los que tiene la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEEAV), dependencia que expone que del 2016 a la fecha sólo han nombrado asesor jurídico para las victimas en mil 226 carpetas de investigación iniciadas por la Fiscalía por delitos de violación o abuso sexual.

Esta cifra representa seis mil 97 carpetas menos de las que ha iniciado la propia Fiscalía por estos delitos, y de estas, se ha obtenido sentencia condenatoria en 292 carpetas, es decir, más carpetas de las que tiene registradas la Fiscalía por condenas.

Vía acceso a la información de la Fiscalía se obtuvo también que en estas carpetas las víctimas son menores de edad y expone que con esta característica existen mil 766 casos de violación a menores, y dos mil 371 carpetas por abuso sexual, un total de cuatro mil 137 víctimas de estos delitos desde el 2016, lo que representa el 56.4 por ciento de las denuncias.

Foto: Mariana Luna | El Sol de Morelia

Las cifras revelan que de las más de siete mil denuncias presentadas por violación y/o abuso sexual, interpuestas ante la Fiscalía desde el 2016 a la fecha, sólo en el 1.8 por ciento de los casos ha logrado una sentencia condenatoria, mientras que del registro que lleva la CEEAV, sólo el 16.5 por ciento de los casos han concluido en sentencia.

En la misma información de respuesta que emitió la Fiscalía, refiere que las primeras sentencias condenatorias comenzaron a obtenerse a partir del 2021, en tanto que de los años anteriores no hay evidencia de que hayan concluido en una condena.

El Código Penal del Estado de Michoacán establece que la pena mínima por violación es de cinco años de cárcel, la pena máxima es de 15 años y de acuerdo al artículo 165 de dicho código, cuando una persona es menor de 18 años de edad, se impondrán de 10 a 30 años de prisión.

En el caso de abuso sexual, sin llegar a la cúpula, las penas mínimas son de dos años de prisión, y una máxima de cinco años de privación de la libertad. Si se hiciere uso de violencia física o psicológica, o la víctima es menor de edad, la pena prevista se aumenta hasta en una mitad.

Las penas se agravan cuando se trata de una persona menor de 16 años de edad, o si la víctima no tiene capacidad para comprender el significado del hecho, entonces se impondrán de dos a cinco años más, y si se uso la violencia física o psicológica la pena prevista se aumenta en una mitad, de acuerdo al artículo 167.

Foto: Archivo | El Sol de Morelia

Las penas aumentan en dos terceras partes cuando los delitos sean cometidos por un familiar en línea ascendiente o descendiente, como el tutor contra su pupilo, el padrastro o la madrastra contra su hijastro o éste contra cualquiera de ellos, de acuerdo al artículo 168.

Y se le impone de nueve a dieciocho años de prisión a quien, aprovechándose de la relación de subordinación o superioridad que tenga sobre la víctima derivada de una relación de cualquier índole, ejecute un acto sexual en una persona menor de dieciocho años de edad o persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, o que por cualquier causa no pueda resistirlo, o la haga observar o ejecutar dicho acto, dice el artículo 168 bis.

Lo que en realidad está ocurriendo

A pregunta expresa de cuál ha sido la pena máxima y la pena mínima obtenida por un delito de violación o abuso sexual, la Fiscalía de Michoacán, respondió que “no se lleva un registro de las de las conclusiones desglosadas por tipo de delito en cuanto a juicios ordinarios, y que en relación a las sentencias obtenidas en juicio abreviado, no cuenta con información sobre las penas de prisión convenidas, por lo tanto, no es posible saber cuáles fueron los años de prisión dictadas a violadores a personas que cometieron abuso sexual”.

Por su parte, la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEEAV) ofrece una respuesta ambigua para conocer el mínimo y el máximo de condenas obtenidas en juicio ordinario.

En las sentencias obtenidas por juicios abreviados, que se caracterizan porque el acusado acepta el delito y la reparación del daño a cambio de una reducción de la sentencia, la CEEAV ofrece una tabla comparativa, donde refleja que la pena mínima que han obtenido es de seis meses y cinco días de prisión y de las 292 sentencias condenatorias, la sentencia más alta obtenida fue de 20 años de cárcel para el agresor, situación que solo ha ocurrido en una ocasión.

El caso de las hijas de Paz

En el 2022 Paz N. escuchó por primera vez la confesión de sus hijas, que habían sido violadas y abusadas sexualmente por su padrastro, contra ellas se cometieron estos delitos en distintas ocasiones, la pena máxima que formuló en su acusación inicial la Fiscalía General de Michoacán, fue de 204 años de prisión contra Luis Ángel T., en la carpeta de investigación número 1003-2022-31770.

Nunca en la historia de Michoacán se ha impuesto una pena máxima, al menos no en los últimos siete años de los que se recabó información.

En el caso de Paz y sus hijas, la situación no se aprecia diferente. A unos días de que se celebro la audiencia intermedia para este caso, el 21 de marzo pasado , el asesor de las víctimas que asignó la CEEAV expuso a Paz que habían acordado con la defensa de su ex pareja y el Ministerio Público, optar por un juicio abreviado y la Fiscalía ofreció una condena de 20 años de prisión, el 10 por ciento de la acusación inicial.

Paz no estuvo de acuerdo, y así lo hizo saber a la juez del Poder Judicial que llevó la audiencia. La juez le dio la razón a Paz y sus hijas y exhortó a los asesores jurídicos a que ofrecieran información suficiente a la víctima para incluir su opinión y llegar a un acuerdo en la sentencia. Se fijó entonces una nueva fecha para continuar la audiencia, el 15 de mayo pasado.

En esta nueva audiencia el Ministerio Público, aumentó cuatro a la condena para proponer 24 años como sentencia, pero una vez más la juez que lleva el caso les exigió una justificación a la propuesta ya que a pesar de haber un acuerdo para la reparación del daño, la representante del Poder Judicial no encontró el argumento de sustento para una reducción en la condena de 204 a sólo 24 años de prisión.

La juez volvió a explicar de manera abreviada a los defensores y al ministerio público, que por los delitos que se le imputan a Luis Ángel T., y todos los agravantes, en una lógica matemática de la aplicación del Código Penal, la condena mínima no podría ser menor a los 50 años, por eso solicitó nuevamente al agente del ministerio público, que fundamentará la propuesta que están haciendo en apego al código penal y lo que establece para penas mínimas.

Durante todo el proceso los asesores de las víctimas procuraron hablar lo mínimo, desatendiendo el servicio de orientación a la víctima.

La nueva fecha de audiencia para este caso se programó para el próximo 14 de julio, cuando se espera conocer la argumentación de las partes involucradas para conocer la resolución de la carpeta de investigación número 1003-2022-31770.

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