Morelia, Michoacán (OEM Infomex).- El recuento parcial de los votos en tres de las casillas solicitadas para la elección del Ayuntamiento de Tarímbaro fue declarado procedente por el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) en sesión del miércoles.
Este recurso fue promovido por el Partido del Trabajo (PT), cuyo candidato, Eric Nicanor Gaona García, obtuvo, de acuerdo a la plataforma de resultados preliminares (PREP), poco más del 31.38 por ciento de los votos con 9 mil 331 sufragios, contra los 9 mil 639 (32.42 %) del candidato del PAN-PRI-PRD, Bladimir Alejandro González Gutierrez.
El recuento se realizará a las casillas 960 Contigua 1; 1966 y 2681 básicas, de acuerdo con la resolución incidental dictada dentro del Juicio de Inconformidad TEEM-JIN-153/2021.
González Gutierrez, recibió el 12 de junio la constancia de mayoría que lo acredita como presidente municipal electo, momento en el que agradeció el apoyo de los votantes:
“Hoy asumo con felicidad y responsabilidad este gran compromiso con las y los tarimbarenses; lograremos el cambio en nuestro municipio y nuestras familias tendrán una mejor calidad de vida”, señaló a través de redes sociales.
Por su parte, Eric Gaona tomó el cargo como edil de esa población tras el fallecimiento de su padre Baltazar Gaona Sanchéz, quien ocupó ese puesto en cinco ocasiones, y murió el 5 de marzo de este año.
Tras los comicios, Gaona García realizó una manifestación el pasado 8 de junio, para después realizar una marcha pacífica a las instalaciones del IEM sede Tarímbaro, con el objetivo de exigir que se realice el conteo de voto por voto.
Respecto a las elecciones municipales en Tepalcatepec, Ziracuaretiro, Irimbo, Santa Ana Maya, Sahuayo, Huaniqueo y Coalcomán, los juicios promovidos para estos ayuntamientos fueron desechados y se confirmaron las elecciones municipales impugnadas “en razón a que los agravios promovidos resultaron inoperantes e infundados”, señaló el TEEM.
Misma resolución para las diputaciones locales en Tarímbaro, diputación de mayoría relativa, correspondiente al Distrito Electoral Local 22 de Múgica, Michoacán, debido a “la falta de legitimación procesal de su promovente y en otros por presentación extemporánea”.