Morelia, Michoacán-(OEM-Infomex).- Aunque los plazos para presentar la declaración anual ante del Servicio de Administración Tributaria (SAT) ya vencieron, las personas aún pueden realizarla y ponerse así al corriente con el organismo encargado de recaudar los impuestos, dio a conocer el presidente de la Asociación Nacional de Especialistas Fiscales (ANEFAC) delegación Michoacán, Javier Elliot Olmedo Castillo.
En el marco de la conferencia sobre el Impuesto Global Mínimo, el representante de los fiscalistas explicó que hay dos caminos posibles, uno es presentar la declaración sin ser acreedor a ninguna multa y otro es, pagando una sanción por no respetar los tiempos establecidos por el sistema federal.
Olmedo Castillo puntualizó que ello dependerá del propio SAT, ya que de manera aleatoria hace una revisión de quienes no declararon en tiempo y les aplica sanciones, por lo que aquellos que no han presentado su informe de ingresos y egresos deberán entrar al portal oficial del Servicio de Administración Tributaria y con su firma electrónica revisar su estatus, pudiendo ser o no acreedores de alguna multa.
Para las empresas, la declaración correspondiente al ejercicio fiscal 2020 se debió presentar hasta el 31 de marzo, como fecha límite.
Toda persona moral, es decir, un grupo de personas que conforman una organización con fines empresariales, debían hacer su informe hasta esa fecha, mientras que las personas físicas tenían hasta el 30 de abril del presente año.
La declaración la deben presentar todas las personas que realizan cualquier actividad económica, desde vendedores, empleados, profesionistas, y demás ocupaciones laborales.
Sanciones por no declarar
Las personas que no cumplieron con su obligación fiscal en tiempo, pueden ser acreedoras a dos tipos de multas: por no presentar su declaración; y por cada una de las obligaciones incumplidas.
Las multas pueden ir de los mil 400 pesos, hasta los 17 mil 370 pesos, por cada obligación presentada fuera del plazo.
Mientras que por incumplir requerimientos las sanciones económicas pueden ir hasta los 34 mil 730 pesos.
Cuando la persona tiene la obligación de presentar su declaración por Internet y no lo hace en tiempo, la multa va de 14 mil 230 a 28 mil 490 pesos.
Si la sanción no se paga en el tiempo requerido por el SAT puede haber sanciones adicionales. Además de la afectación en el expediente en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los incumplimientos respecto a la declaración anual, pueden también impactar en el historial crediticio.