Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- Si la empresa para la que trabajas o trabajaste no reparte las utilidades correspondientes, es importante saber cómo y dónde realizar una denuncia. Y aquí te lo explicamos.
Cabe destacar que no todos los empleados tienen derecho a recibir utilidades. Según la ley, los directores, administradores, gerentes generales, socios y accionistas, así como los trabajadores eventuales con menos de 60 días laborados en el año correspondiente y los prestadores de servicios profesionales, no pueden disfrutar del reparto de utilidades.
Recuerda que la Ley Federal del Trabajo establece un plazo de un año para realizar el reclamo, contando a partir del día siguiente al plazo límite. Para empresas, el plazo límite es el 31 de mayo, mientras que para personas físicas es el 30 de junio.
Si cumples con los requisitos y no recibes tus utilidades, puedes acudir a la Profedet para solicitar asesoría e iniciar una revisión a través de una junta local o federal de Conciliación y Arbitraje. En caso de no tener un abogado, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo puede patrocinar el juicio laboral de manera gratuita.
Otra opción es presentar una denuncia por escrito ante la Administración Local de Auditoría Fiscal correspondiente al domicilio fiscal de la empresa. En esta denuncia, debes exponer las irregularidades debidamente motivadas para que la autoridad pueda valorarlas y, si procede, emitir un acto de fiscalización.
Es importante destacar que estas denuncias son confidenciales, aunque la autoridad fiscal puede proporcionar información sobre el caso según lo establecido en la legislación. Si el empleador no realiza el pago de las utilidades, los trabajadores deben presentar su denuncia en inspeccionfederal@stps.gob.mx.
Además, es importante señalar que las empresas que omiten el reparto de utilidades pueden recibir multas que van desde los 24 mil 055 hasta los 481 mil 100 pesos, de acuerdo con lo establecido por la Ley Federal del Trabajo. Estas multas pueden imponerse por cada empleado afectado por la omisión y son impuestas después de una inspección por parte de la autoridad laboral.
Es importante tener en cuenta que si la empresa cubre el pago de utilidades después de que el trabajador lo haya exigido, también se considera un incumplimiento y la empresa puede ser multada.
Existen empresas que no están obligadas a pagar utilidades, las cuales son: Empresas nuevas en su primer año de funcionamiento, instituciones de asistencia privada que realicen acciones humanitarias sin fines de lucro, instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia, como el IMSS, asimismo, empresas cuyo capital sea menor al establecido por la Secretaría del Trabajo.
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