Morelia, Michoacán-(OEM-Infomex).-El pasado 3 de abril, el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) dio un plazo de cinco días para que los partidos políticos Morena y Redes Sociales Progresistas (RSP) presentaran un nuevo candidato a la gubernatura, pero ninguno de los dos realizó la sustitución; sin embargo esto no quiere decir que se vayan a quedar sin competir por el gobierno del estado.
El consejero electoral del IEM, Juan Adolfo Montiel Hernández, explicó es difícil que se dé un escenario en el que los partidos se queden sin candidato, a menos que sea por decisión propia, ya que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación podría otorgarles un plazo para que presenten la candidatura, ya sea de las personas a las que se le había negado el registro o en caso de prevalecer la negativa, de presentar a otra persona.
“El hecho de que no presenten ahorita a alguien, no quiere decir que ya se quedaron sin candidato, porque la Sala Superior debe resolver, y en lo que resuelva les puede conceder un plazo más para presentar el registro, ya ahí pudiera ser los dos supuestos: 1. pudiera ser que se revoca la resolución del INE y por lo tanto procede que hagamos el análisis y el registro de las personas a las que se les había quitado el derecho o 2.- confirma la sanción y podría establecer un plazo para que los partidos hagan la sustitución, podría ser un plazo igual o hasta menor, incluso de 48 horas o de tres días para que el partido presente otra opción”.
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El consejero comentó que la Sala Superior deberá revisar y decidir sobre las impugnaciones al acuerdo del INE para negar el registro a Raúl Morón Orozco de Morena y a Alberto Abraham Sánchez Martínez de RSP; además en el caso del aspirante morenista, también resolverá el juicio de protección a los derechos político-electorales y el recurso de apelación que interpuso contra el IEM por el plazo de cinco días.
“Ese plazo se estableció no de manera arbitraria sino que así lo contempla el código electoral en el artículo 173, ya que la sanción es para la persona, no para el partido político, la ley lo que contempla es que el partido político no pueda quedarse sin alguna persona en la candidatura, y al no proceder el registro, se amplía a estos cinco días, porque la fecha de registro para la gubernatura ya concluyó, ya pasó, ahorita no podría registrarse ni presentarse registro de otra persona porque ya concluyó; sin embargo como es derivado de una sanción la ley establece que el partido político tiene cinco días más, pero por otro lado la resolución del INE está impugnada y esta resolución que el IEM emitió el 3 de abril también está impugnada, la sala superior tendrá que resolver ambas cosas”.