Amonestan publicamente a José Trinidad Lara López, Regidor, del Ayuntamiento de Hidalgo por entregar despensas con el logotipo del Partido del Trabajo, según publicaciones en redes sociales y periódicos.
El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán en Sesión Pública virtual resolvió por unanimidad el procedimiento especial sancionador presentado por el Partido Acción Nacional con documentos sobre publicaciones a través de la red social Facebook diversas acciones respecto a la entrega de paquetes del programa popuen dichas publicaciones es visible el logotipo del Partido del Trabajo. Asimismo, el diario El Clarín publicó la nota relativa a la entrega de los paquetes subsidiados por el regidor.
Con ello se demuestra promoción personalizada que transgrede el principio de equidad en la contienda por lo que se le impuso una amonestación pública, José Trinidad Lara López en cuanto regidor del Ayuntamiento de Hidalgo.
Se declaró la inexistencia de la violación atribuida al ciudadano José Trinidad López en cuanto al regidor del Ayuntamiento de Hidalgo por el uso indebido de recursos públicos; y se declaró la inexistencia de la infracción por culpa in vigilando al Partido del Trabajo, ya que como tal no puede regular lo que sus militantes promueven. Además se declararon inexistentes las violaciones atribuidas al presidente del Ayuntamiento de Hidalgo, así como al diario El Clarín, ya que este último en su uso de libertad de expresión solo emitió el reportaje de los hechos.
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La propuesta de la Magistrada Yolanda Camacho Ochoa, el Pleno resolvió el procedimiento especial sancionador TEEM-PES-13/2021, en el que el PRI denunció que la Presidenta Municipal de Peribán vulneró el principio de equidad en la contienda al apoyar a una aspirante a candidatura independiente mediante una publicación realizada en Facebook.
En otro tema, en el orden del día los juristas votaron el Proyecto de Sentencia del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano TEEM-JDC-046/2020, promovido por Salvador Juárez Capiz y otros contra actos del Ayuntamiento de Nahuatzen, Michoacán y de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Michoacán que presentó el Magistrado Salvador Alejandro Pérez Contreras.
De acuerdo con la cuenta diversos ciudadanos que se ostentan como integrantes del Concejo Ciudadano Indígena de la comunidad de Nahuatzen, quienes controvierten del Ayuntamiento de Nahuatzen y de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado, la omisión de entregar el recurso etiquetado al referido Concejo, así como la omisión de la capacitación fiscal y financiera para la referida comunidad.
De tal forma que el pleno resolvió desechar el juicio ciudadano, en virtud de que, quienes suscriben la demanda no tienen la legitimación que ostentan, en cuanto integrantes del Concejo Ciudadano Indígena de Nahuatzen.