/ sábado 3 de agosto de 2024

Revoca TEPJF la resolución de nulidad de elección en Chavinda

En el municipio de Chavinda, los magistrados del TEEM decidieron que se tenían que hacer elecciones extraordinarias

Morelia, Michoacán.- El pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), echó abajo la resolución de nulidad de la elección a la presidencia municipal de Chavinda y confirmó el triunfo del candidato de Movimiento Ciudadano, Armando Pérez Mendoza a quien se le había señalado de haber participado en un evento religioso importante del municipio durante la campaña.

Ante las impugnaciones ST-JRC-132/2024 y ST-JDC-437/2024 que presentó el partido naranja, así como el propio candidato a la alcaldía de Chavinda, los magistrados de la Sala Toluca del TEPJF, consideraron que las pruebas presentadas por los equipos jurídicos del PRI y del PRD, no confirmaron plenamente la participación del candidato en el evento religioso que cada año realiza el municipio honor al santo San Isidro, pues además los quejosos tampoco aportaron elementos suficientes que justificaran la nulidad de la elección.

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Los magistrados de la Sala Toluca, consideraron que el TEEM incurrió en una falta de exhaustividad y motivación, así como también en la indebida valoración de pruebas sobre la presunta participación del candidato a la presidencia municipal de Chavinda de MC, Armando Pérez en la celebración religiosa de San Isidro.

Incluso, el candidato del partido naranja, rechazó haber participado en la celebración religiosa e incluso cuestionó la autenticidad de las pruebas presentadas por el Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) en donde supuestamente se observa al candidato en varios tractores durante la celebración con los colores y logos del partido de Movimiento Ciudadano.

Contraria a la sentencia emitida por los magistrados del TEEM en torno a que el candidato de MC sí violentó los principios constitucionales de la separación del Estado y la Iglesia, el TEPJF se pronunció más bien en que dicha sentencia afectó gravemente los derechos políticos del candidato Armando Pérez cuando se anuló su triunfo a la alcaldía de Chavinda, así como el haber negado su participación para la elección extraordinaria que estaba convocada.

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Sin embargo, con dicha resolución de la Sala Toluca, se echa abajo la determinación del TEEM en torno a anular los resultados obtenidos el pasado 2 de junio en el municipio de Chavinda y ratifica el triunfo de Armando Pérez como el ganador de la elección a la presidencia municipal.

Morelia, Michoacán.- El pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), echó abajo la resolución de nulidad de la elección a la presidencia municipal de Chavinda y confirmó el triunfo del candidato de Movimiento Ciudadano, Armando Pérez Mendoza a quien se le había señalado de haber participado en un evento religioso importante del municipio durante la campaña.

Ante las impugnaciones ST-JRC-132/2024 y ST-JDC-437/2024 que presentó el partido naranja, así como el propio candidato a la alcaldía de Chavinda, los magistrados de la Sala Toluca del TEPJF, consideraron que las pruebas presentadas por los equipos jurídicos del PRI y del PRD, no confirmaron plenamente la participación del candidato en el evento religioso que cada año realiza el municipio honor al santo San Isidro, pues además los quejosos tampoco aportaron elementos suficientes que justificaran la nulidad de la elección.

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Los magistrados de la Sala Toluca, consideraron que el TEEM incurrió en una falta de exhaustividad y motivación, así como también en la indebida valoración de pruebas sobre la presunta participación del candidato a la presidencia municipal de Chavinda de MC, Armando Pérez en la celebración religiosa de San Isidro.

Incluso, el candidato del partido naranja, rechazó haber participado en la celebración religiosa e incluso cuestionó la autenticidad de las pruebas presentadas por el Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) en donde supuestamente se observa al candidato en varios tractores durante la celebración con los colores y logos del partido de Movimiento Ciudadano.

Contraria a la sentencia emitida por los magistrados del TEEM en torno a que el candidato de MC sí violentó los principios constitucionales de la separación del Estado y la Iglesia, el TEPJF se pronunció más bien en que dicha sentencia afectó gravemente los derechos políticos del candidato Armando Pérez cuando se anuló su triunfo a la alcaldía de Chavinda, así como el haber negado su participación para la elección extraordinaria que estaba convocada.

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