Morelia, Michoacán (OEM-Infomex).- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) desestimó una queja que acusaba violencia política en razón de género.
El caso ocurrió en el municipio de Indaparapeo, donde la regidora del Ayuntamiento, Dalila Araceli Bedolla Alanís, acusó a María Teresa Pérez Romero y a Adrián Arandia Camacho, presidenta y secretario del Ayuntamiento, respectivamente, por presuntos actos consistentes en intimidaciones a través de la imposición de sanciones administrativas, hostigamiento y persecución por su condición de ser mujer, así como el impedirle que firme las actas de sesión de cabildo.
El análisis realizado por el TEEM determinó por unanimidad la inexistencia de la violencia política por razón de género, pues se acreditó que dichos actos no fueron ejecutados a la actora por el hecho de ser mujer, ni fueron resultado de un trato diferenciado, pues no permitir firmar las actas de cabildo presenta un antecedente en 2020 a cargo del regidor Prudencio Mora Sánchez.