Verónica Villaseñor presentó iniciativa contra libertad anticipada a feminicidas

La petición se debe a que la legislación vigente da margen a que los asesinos de mujeres salgan de prisión antes de cumplir su sentencia

Francisco Valenzuela | El Sol de Morelia

  · miércoles 8 de marzo de 2023

Foto: Javier Guerrero | El Sol de Morelia

Morelia, Michoacán (OEM Infomex).- En su calidad de víctima indirecta, la madre de Jessica González, Verónica Villaseñor presentó este miércoles ante el pleno del Congreso del Estado una iniciativa ciudadana para formar el Código Penal del Estado de Michoacán y garantizar que los feminicidas cumplan al 100 por ciento la pena que les sea impuesta.

Lo anterior debido a que la legislación vigente da margen a que los asesinos de mujeres salgan de prisión antes de cumplir su sentencia.

El texto vigente en esta materia, según se expone en la iniciativa presentada, únicamente impone un límite para que la Fiscalía Especializada no pueda solicitar la sustitución de la pena, la suspensión de la ejecución de las sanciones o la aplicación de cualquiera de los beneficios previstos en la Ley Nacional de Ejecución Penal.

Sin embargo, la presente solicitud de reforma, pretende que tal como se ha hecho en tratándose del delito de secuestro (artículo 19 de la Ley General para prevenir y sancionar los delitos en materia de secuestro, reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos), los sentenciados por el delito de Feminicidio en el Estado de Michoacán, no tengan derecho a los beneficios de la libertad preparatoria, sustitución, conmutación de la penal o cualquier otro que implique reducción de la condena, de entre los previstos en la Ley Nacional de Ejecución Penal.

Igualmente y al presentarse en el Congreso del Estado, Verónica Villaseñor solicitó información a diputados locales sobre el avance de la iniciativa de reforma al Código Penal de Michoacán conocida como “Ley Morse”, la cual plantea que en el encubrimiento por favorecimiento, quede sin efecto la causa de exclusión del procedimiento que favorece a los ascendientes, descendientes consanguíneos y demás y que fue presentada el año pasado.